Es el órgano que tiene a su cargo la aplicación de las leyes para la administración general del país y, en especial, de sus servicios públicos.
Este ejerce la funciones de jefe de estado y jefe de gobierno. El cargo es ejercido por una sola persona, elegida directa o indirectamente por el pueblo, la cual asume en forma exclusiva la responsabilidad por el desempeño de su función especifica.
El presidente es auxiliado por los ministros o secretarios de estado o de departamentos, quienes, en principio, son simples colaboradores y ejecutores de su política y responsables ante el presidente, que los nombra y los remueve. No forman un consejo de ministros, ni un gabinete en el sentido parlamentario, sino un órgano meramente colectivo –no colegiado-, cuya función es esencialmente consultiva y de asesoramiento. Por tales razones se produce la unificación de la jefatura del estado y de la administración en una misma persona.
Poder Legislativo
El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.
Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.
Poder judicial
El Poder Judicial de la Nación es uno de los tres poderes que conforman la República Argentina y es ejercido por la Corte Suprema de Justicia (CSJN) y por los demás tribunales inferiores que estableciere el Congreso en el territorio de la Nación. Esta regulado en la sección tercera de la segunda parte de la Constitución de la Nación Argentina.
El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.
Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.
El Poder Judicial, de este modo, puede proteger al ciudadano de eventuales abusos cometidos por el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo. El funcionamiento del Poder Judicial, a su vez y al igual que el resto de los poderes, está regido por la Constitución (que reune las normas fundamentales que regulan la actividad del Estado).
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Poder ejecutivo
Es el órgano que tiene a su cargo la aplicación de las leyes para la administración general del país y, en especial, de sus servicios públicos.
Este ejerce la funciones de jefe de estado y jefe de gobierno. El cargo es ejercido por una sola persona, elegida directa o indirectamente por el pueblo, la cual asume en forma exclusiva la responsabilidad por el desempeño de su función especifica.
El presidente es auxiliado por los ministros o secretarios de estado o de departamentos, quienes, en principio, son simples colaboradores y ejecutores de su política y responsables ante el presidente, que los nombra y los remueve. No forman un consejo de ministros, ni un gabinete en el sentido parlamentario, sino un órgano meramente colectivo –no colegiado-, cuya función es esencialmente consultiva y de asesoramiento. Por tales razones se produce la unificación de la jefatura del estado y de la administración en una misma persona.
Poder Legislativo
El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.
Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.
Poder judicial
El Poder Judicial de la Nación es uno de los tres poderes que conforman la República Argentina y es ejercido por la Corte Suprema de Justicia (CSJN) y por los demás tribunales inferiores que estableciere el Congreso en el territorio de la Nación. Esta regulado en la sección tercera de la segunda parte de la Constitución de la Nación Argentina.
Se conoce como Poder Ejecutivo a una de las tres facultades básicas del Estado, junto al Poder Legislativo y el Poder Judicial. El Poder Ejecutivo, a veces mencionado simplemente como el Ejecutivo, tiene la función de hacer cumplir y sancionar las leyes que regulan el comportamiento social. También se conoce como Ejecutivo a la división del gobierno que se encarga de la gestión diaria del Estado.
El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.
Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.
El poder judicial es la facultad estatal que permite la administración de justicia a través de la aplicación de las leyes. De este modo, el Estado resuelve litigios, protege los derechos de los ciudadanos y hace cumplir las obligaciones y responsabilidades inherentes a cada parte de la sociedad.
El Poder Judicial, de este modo, puede proteger al ciudadano de eventuales abusos cometidos por el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo. El funcionamiento del Poder Judicial, a su vez y al igual que el resto de los poderes, está regido por la Constitución (que reune las normas fundamentales que regulan la actividad del Estado).
Saludos!!!!!